Procecimiento judicial seguido frente a la orden ministerial nº 422/2020 de imposición de la mascarilla
Tuve ocasión de intervenir en el primer recurso interpuesto contra la orden ministerial que imponía el uso obligatorio de las mascarillas, seguido ante el Tribunal Supremo.
En el procedimiento judicial se constató que la medida de uso de mascarilla y la adopción de una estrategia de distanciamiento social, se adoptó invocando urgencia y la protección de la salud pública, sin estar respaldada por evidencia científica.
Con posterioridad, el Tribunal Supremo trató de efectuar un juicio de proporcionalidad de la medida que no se había realizado por el gobierno español, para ello acudió a referencias externas.
Quedó de manifiesto que el gobierno español adoptó la medida sin desarrollar un criterio técnico propio, pese a estar limitando los derechos fundamentales de los ciudadanos, y con posterioridad, el Tribunal Supremo tampoco invocó estudios nacionales para justificar la medida adoptada.
Recientemente los informativos nos hablan de un posible escenario de guerra y eventual reclutamiento de ciudadanos españoles. ¿Cómo podría garantizarse que de adoptarse medidas de tal gravedad, responderán efectivamente a la protección del interés de los españoles? pues en 2020 no se evidenció una actuación basada en criterios propios e independientes.
Una democracia no se mide por lo que permite cuando todo va bien, sino por cómo actúa cuando invoca la urgencia, el miedo o la excepción.
A continuación, comparto una entrada de blog en el que pueden consultarse los documentos judiciales del recurso:
Sobre la sentencia de las mascarillas del Tribunal Supremo
El recurrente reivincidicaba su derecho a gestionar libremente su salud y discutía la pertinencia de la medida de la mascarilla, apoyándose en un informe médico que detallaba los perjuicios de su uso prolongado.El expediente administrativo es el conjunto ordenado de...